Todo el mundo ha oído hablar alguna vez
de las Bacanales, aunque de ellas se tenga una imagen un tanto distorsionada y
siempre tendente a la mera orgía etílica y sexual. Hasta el diccionario de la
Real Academia Española mantiene esta idea en sus definiciones:
Bacanal: 1. Dicho de ciertas fiestas de la
Antigüedad: Celebradas en honor del dios Baco. 2. Perteneciente o relativo al
dios Baco. 3. Orgía con mucho desorden y
tumulto.
Orgía: 1. Reunión de personas en la que se practica sexo sin moderación y, generalmente, se consume alcohol y otros estimulantes. 2.
Exceso o gran abundancia de algo.
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| Óleo, 1889. Fragmento de la obra “Procesión
báquica, con ménades danzantes y músicos”, de Lawrence Alma Tadema.
Conservado
en el Kunsthalle de Hamburgo (imagen de
https://historia.nationalgeographic.com.es/medio/2013/05/14/album_alb1788970_2000x1367.jpg) |
Dicha imagen no es actual, pero sí
cuenta con una larga tradición formada en una idea “romántica” y falta de
investigación muy típica en el s. XIX, y que en cierto modo bebe de la iconografía pagana que se ha conservado, aunque sin entender muy bien su mensaje y con más interés en mostrarla como un modelo decadente e inadecuado que no se debe seguir.
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| Mármol (ca. 140-160 d.C.), 204 x 510 x
66 cm. Sarcófago con escena de una bacanal, perteneciente a la Colección
Farnese y conservado desde 1870 en el Museo Arqueológico Nacional de Nápoles
(imagen de http://ancientrome.ru/art/artwork/sculp/rom/headstone/sc0197.jpg) |
Quizás el gran público interesado en programas culturales tenga una imagen más reciente sobre las bacanales gracias a la serie-documental de Movistar “El corazón del Imperio”, en la que se recuerda el nombre de una mujer en particular vinculada a estos rituales: Hispala Fecenia. Esta mujer, de la que tenemos noticia,
es uno de los personajes olvidados por la historiografía y la memoria
colectiva, casi siempre volcada en el relato de grandes episodios políticos y
militares, protagonizados en su mayoría por varones de la élite social. Para
aquellos que no hayan visto ese capítulo de la serie o quieran profundizar en
el conocimiento de Hispala, desde Salve, Qvirites tratamos un poco su
relato histórico, iniciando así una nueva sección, sin duda llena de futuras e
interesantes publicaciones 😉.
Nos ubicamos en la colina Aventino
durante el s. II a.C., en torno al año 191. Allí vive Hispala,
quien sin duda ha tenido una vida terrible como esclava forzada a la
prostitución, y a pesar
de alcanzar la libertad mediante manumisión tras la muerte de su dueño,
siguió ejerciendo como prostituta (o cortesana en el vocabulario suave). En un
momento determinado, entró en contacto con un joven llamado Publio Ebucio, quien sin duda buscaba
sus servicios, aunque ambos terminaron siendo amantes; Hispala debía de estar
profundamente enamorada y segura de su relación, pues llegó incluso a nombrar a
Ebucio como su único heredero.
Ebucio era un miembro de los equites; su rango (ordo equester) le venía por ser hijo de un combatiente de la
caballería caído en combate contra las tropas de Aníbal. Sin padre, Ebucio
quedó bajo la tutela de su madre, Duronia, hasta que ella se desposó con Tito
Sempronio Rútilo, otro caballero que tomó en posesión la herencia de Ebucio. Lógicamente,
y según se acercaba su mayoría de edad, el conflicto por la herencia
parecía asegurado, y para reducir la tensión, Duronia pensó en fortalecer
vínculos con su hijo iniciándole en el culto a Baco, cumpliendo así una promesa
hecha al dios por haber salvado la vida del pequeño cuando cayó enfermo. Sin embargo, cuando Hispala supo que
Ebucio acudiría durante varias noches a las Bacanales,
cundió en ella el pánico; incluso llegó a revelarle un secreto: en su anterior
vida como esclava, su dueño/a había iniciado a Hispala en los ritos báquicos, y
para ella representaban una enorme bajeza moral, máxime si los afrontaba un
varón de la élite social. La ecuación parecía tener sentido: si Ebucio asistía
a las Bacanales, su reputación pública se haría añicos, perdiendo todos sus
bienes a favor de Duronia y Rútilo. Las sospechas de Hispala se
confirmaron cuando Ebucio dijo a su madre que no asistiría a los rituales
de Baco, tras lo cual fue echado de casa.
Refugiado en el hogar de su tía paterna,
una respetable mujer de nombre Ebucia, se le aconsejó que denunciase el caso
ante el cónsul Espurio Postumio Albino.
Aunque había alcanzado la máxima magistratura, Albino era un patricio con una
mancha de deshonor en su familia, y
consideró que el relato de Ebucio contra las Bacanales sería una oportunidad
perfecta para recuperar la dignidad, como así le confirmó su suegra, la
intachable Sulpicia.
Primero se reunió con Ebucia, y a
continuación con Hispala. Tito Livio, que a veces se mueve entre la veracidad
de los hechos y la belleza del lenguaje, describe el momento de una forma
dramática y grandilocuente: Hispala se debate entre la obediencia a la máxima
autoridad de Roma y su juramento de guardar silencio sobre las Bacanales, cuya
ruptura implicaría el castigo divino. Tras prometerle protección, Hispala
confesó ante Albino.
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| Fresco, ca. 1880.
“La liberta Fecenia
Hispala denuncia la asociación de las Bacanales”, de Cesare Maccari.
Perteneciente
a la colección del Palacio de Justicia y conservado en la Corte Suprema
di
Cassazione, Roma (imagen de
https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/c/c0/Cesare_Maccari_-_La_liberta_Fenenia_Ispala_denuncia_l'associazione_dei_Baccanali.jpg/1280px-Cesare_Maccari_-_La_liberta_Fenenia_Ispala_denuncia_l'associazione_dei_Baccanali.jpg) |
Los rituales se celebraban tres veces
al año, y en
origen estaban reservados exclusivamente a las mujeres, hasta que una
sacerdotisa de Campania, llamada Annia Pacula, inició a sus propios hijos por
inspiración divina y multiplicó las ceremonias a cinco por mes, pero siempre de
noche. Este fragmento de Livio es muy elocuente:
“Desde
que los ritos eran promiscuos y se mezclaban hombres y mujeres, no había delito
ni inmoralidad que no se hubiera perpetrado allí; eran más numerosas las prácticas vergonzosas entre hombres que
entre hombres y mujeres. Los reacios a someterse al ultraje eran inmolados como víctimas. Los hombres,
como posesos, hacían vaticinios
entre frenéticas contorsiones corporales; las matronas, ataviadas como bacantes, con el cabello suelto, corrían hasta el
Tíber con antorchas encendidas y las sacaban del agua con las llamas intactas porque contenían azufre
vivo y cal. Era una multitud muy numerosa, y entre ellos algunos hombres y mujeres de la nobleza”.
Los lectores habrán notado las palabras en
negrita que hemos querido resaltar, y que son precisamente aquellas que más
alarma despertaron entre los aristócratas romanos:
- Prácticas
vergonzosas entre hombres: en esencia, Livio nos está hablando de sodomía, sin
ningún problema para los romanos siempre y cuando no fueses la parte pasiva en
la relación. Pero más allá de esto, se está hablando de un delito de estupro, es decir,
una profanación sexual perpetrada sobre cuerpos amparados o protegidos por el
Derecho.
- Inmolación
como víctimas: directamente se nos habla del asesinato de todos los reacios a
las Bacanales, ofrendados como sacrificios para Baco.
- Vaticinios:
no es que la religión romana fuese reacia a los mensajes divinos a través de
prodigios y vaticinios, siempre y cuando se realizasen de una forma oficial, por
los cultos y sacerdocios permitidos por el Estado.
- Ataviadas
como bacantes y llamas intactas: las mujeres desinhibidas de las Bacanales son
todo lo opuesto al modelo de matrona romana (quieta, callada, sosegada,
virtuosa…), y además realizan actos más propios de brujas y hechiceras.
- Hombres
y mujeres de la nobleza: sin duda esto representaba el mayor de los peligros
para la élite defensora de la tradición y los valores republicanos, pues las
nuevas generaciones amenazaban con ser influenciadas por nuevos valores en
ritos secretos que escapaban al control del poder establecido y amenazando con
crear un “Estado dentro del Estado”.
Postumio actuó de inmediato exponiendo
el caso ante el Senado, y los senadores, aterrorizados, le solicitaron a él y a
su colega, Quinto Marcio Filipo, que investigaran las Bacanales; de seguro a
muchos patricios no les gustaría saber que a sus hijos, perdonen la expresión,
les estaban “dando por culo”, que la noche es oscura y alberga horrores. Tras
cinco años de indagaciones, las conclusiones eran terribles: transgresión de
las leyes civiles, religiosas y morales, fomento de la sodomía, estafa,
falsificación y asesinato, y posibilidad de conspiración contra la República.
Como resultado, se aprobó inmediatamente un Senatus Consultum de
Bacchanalibus en el 186 a.C.; en el decreto senatorial se hablaba de una conjura
perpetrada por seguidores de un culto extranjero, siendo las mujeres el
principal “origen del mal” que corrompía y afeminaba a los hombres, y se cifró
a los implicados en unos 7000 solo en Roma. Las
medidas a tomar, anunciadas por el propio Albino ante la asamblea de ciudadanos,
fueron las siguientes:
- Se
ofrecieron recompensas para quienes delatasen a los adeptos de Baco.
- Los
sospechosos serían citados a declarar, y quienes se negasen pasarían a ser
considerados rebeldes.
- Todos
los que profanaron sus cuerpos fueron presos de pena capital, ejecutada
públicamente; en el caso de las mujeres vinculadas a un padre, marido o tutor,
fueron entregadas a sus familias para ser eliminadas discretamente, en el seno
del hogar. Si creemos a Livio, seis mil personas (de las siete mil detenidas)
fueron ejecutadas.
- Las
Bacanales pasaron a estar bajo control de los pontífices.
- Obligatoriedad
en solicitar permiso previo para la celebración de bacanales, so pena de muerte.
- Veto
para el acceso masculino al sacerdocio de Baco y restricción de las reuniones a
un máximo de dos hombres y tres mujeres.
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| Siglo II d.C. Interior del templo de
Baco en Baalbek, Líbano, (imagen de https://historia.nationalgeographic.com.es/medio/2013/05/14/xkh_232083_2000x1500.jpg) |
Según acredita el Plebiscitum de P. Aebutio et de Faecenia Hispala (Liv. XXXIX, 19,
3-6), Ebucio e Hispala recibieron cada uno por su colaboración 100 mil ases de
bronce (suficiente para favorecer su ingreso en el orden senatorial) tomados
del tesoro público. En el caso de Ebucio, obtuvo una vacatio ecuestris militae, es decir, una distinción propia de los
veteranos (como si ya hubiese servido en la milicia) que le confería 10 años de
ventaja sobre los demás jóvenes de su clase para acceder a una magistratura, así
como el derecho de no servir en el ejército contra su voluntad ni que el censor
le asignase el caballo público; por otro lado, Hispala obtuvo los siguientes
privilegios:
- Gentis Enuptio: derecho a casarse con un ingenuus de otra gens sin que implicase vergüenza social para el posible marido.
- Optio tutoris: derecho a elegir el tutor que
preceptivamente debía tener toda mujer para autorizar su matrimonio.
- Datio y deminutio:
derecho a disponer libremente de sus bienes sin depender del tutor.
- Ingenuo nubere: derecho a que su descendencia fuese
considerada legítima.
Todo esto otorgaba a Hispala la
condición de matrona romana nacida libre, pero con una mayor independencia que
la media, una situación inmejorable que una mujer de la época difícilmente
podría rechazar. Varios investigadores han cuestionado la veracidad de estos
privilegios, como Mommsen, quien aseguró que la gentis enuptio era un caso excepcional porque implicaba que una
mujer sui iuris podría casarse fuera
de su propia gens, acto que hubiese
requerido la aprobación de los tutores, un acto legislativo, voto popular o
equivalente; para otros en cambio demuestra que los matrimonios entre nacidos
libres y libertos eran válidos, aunque reprobados por las costumbres sociales.
Pero, ¿eran ciertas todas las
acusaciones descritas por Livio? Resulta extremadamente difícil afirmarlo,
teniendo en cuenta que es Livio la única fuente que describe este suceso,
y además sobre un rito mistérico que, por su propia naturaleza, no ofrecía
detalles sobre su modus operandi a la
esfera pública; como máximo tenemos las referencias que nos proporciona Plauto
en sus comedias, donde las Bacanales son descritas como una secta criminal y
violenta. Lo poco que sabemos sobre las Bacanales o Misterios Dionisíacos
(homólogo griego) es que se usaba la música, la danza y algunos alucinógenos
como catalizadores de un trance que permitiría a los usuarios tornar a un
estado natural, incluyéndose las procesiones nocturnas a la luz de antorchas,
libaciones y bailes espasmódicos.
Las declaraciones de una presionada
Hispala, a falta de más pruebas o testigos para certificar su veracidad,
perfectamente podrían haber sido un montaje político que justificase la
persecución. Tampoco hay forma de demostrar dicho montaje, pero la motivación política existía, y el
decreto contra las Bacanales del 186 a.C. no fue el pistoletazo de salida de la
preocupación senatorial. Como consecuencia del terror y la desmoralización
generados por las sucesivas victorias de Aníbal en Italia, la población rural
refugiada en Roma se volcó desesperada hacia los cultos extranjeros, y allí,
especialmente en la colina plebeya del Aventino,
prosperaron. A esto se suma que la mortalidad catastrófica y el esfuerzo activo
causados por la Segunda Guerra Púnica en la población masculina devino en
cierta autonomía por parte de las mujeres, que debían administrar los bienes
del hogar y ejercer autoridad sobre los hijos mientras sus esposos y padres
permanecían en el frente o morían en combate. Y
por si esto no fuera suficiente, las Bacanales gozaban de un gran apoyo
popular, sobre todo entre las clases bajas y los marginados,
porque tenían un carácter igualador y creaban sensación de libertad,
invirtiéndose los roles sociales, y ese era el mayor temor de las autoridades
romanas, que jóvenes patricios y caballeros estuviesen a la par con plebeyos,
libertos y esclavos, resquebrajándose así los tres pilares de la moral
tradicional: Virtus, Pietas y Fides. Más
tarde o más pronto, algún plebeyo podría tomar conciencia de que no había
diferencia entre ambos y que los poderosos no merecían la posición que
ocupaban.
Apéndices:
Ofrecemos aquí el texto íntegro en
latín y su traducción al castellano del decreto contra las Bacanales,
afortunadamente conservado:
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| Bronce, 186 a.C. Tabula aenea del
decreto, descubierta en 1640 en Tiriolo (Calabria), hoy conservada en el
Kunsthistorische Museum de Viena (imagen de https://i0.wp.com/ff.classics.si/wp-content/uploads/2017/02/r15-080-senatus-cons-de-bacch.jpg?ssl=1) |
Transcripción
del texto legal en latín:
(1)
[Q(uintus)] Marcius L(uci) f(ilius), S(purius) Postumius L(uci) f(ilius)
co(n)s(ules) senatum consoluerunt n(onis) Octob(ribus), apud aedem (2)
Duelonai. Sc(ribundo) arf(uerunt) M(arcus) Claudi(us) M(arci) f(ilius),
L(ucius) Valeri(us) P(ubli) f(ilius), Q(uintus) Minuci(us) C(ai) f(ilius)
De
Bacanalibus quei foideratei (3) esent, ita exdeicendum censuere:
«Neiquis
eorum [B]acanal habuise velet. seiques (4) esent, quei sibei deicerent necesus
ese Bacanal habere, eeis utei ad pr(aitorem) urbanum (5) Romam venirent, deque
eeis rebus, ubei eorum v[e]r[b]a audita esent, utei senatus (6) noster
decerneret, dum ne minus senator[i]bus C adesent, [quom e]a res cosoleretur.
(7) Bacas vir nequis adiese velet ceivis Romanus neve nominus Latini neve
socium (8) quisquam, nisei pr(aitorem) urbanum adiesent, isque [d]e senatuos
sententiad, dum ne (9) minus senatoribus C adesent, quom ea res cosoleretur,
iousisent.
Ce[n]suere.
(10)|
sacerdos nequis uir eset. Magister neque uir neque mulier quisquam eset. (11)
neve pecuniam quisquam eorum comoine[m h]abuise velet. Neve magistratum, (12)
neve pro magistratu[d], neque virum [neque mul]ierem qui[s]quam fecise velet.
(13) Neve post hac inter sed conioura[se nev]e comvovise neve conspondise (14)
neve conpromesise velet, neve quisquam fidem inter sed dedise velet. (15) Sacra
in [o]quoltod ne quisquam fecise velet. Neve in poplicod neve in (16) preivatod
neve exstrad urbem sacra quisquam fecise velet, nisei (17) pr(aitorem) urbanum
adieset, isque de senatuos sententiad, dum ne minus (18) senatoribus C adesent,
quom ea res cosoleretur, iousisent.
Censuere.
(19)
Homines plous V oinvorsei virei atque mulieres sacra ne quisquam (20) fecise
velet, neve inter ibei virei plous duobus, mulieribus plous tribus (21) arfuise
velent, nisei de pr(aitoris) urbani senatuosque sententiad, utei suprad (22)
scriptum est.»
Haice
utei in coventionid exdeicatis ne minus trinum (23) noundinum, senatuosque
sententiam utei scientes esetis, eorum (24) sententia ita fuit: «Sei ques
esent, quei arvorsum ead fecisent, quam suprad (25) scriptum est, eeis rem
caputalem faciendam censuere». atque utei (26) hoce in tabolam ahenam
inceideretis, ita senatus aiquom censuit, (27) uteique eam figier ioubeatis,
ubei facilumed gnoscier potisit. Atque (28) utei ea Bacanalia, sei qua sunt,
exstrad quam sei quid ibei sacri est, (29) ita utei suprad scriptum est, in
diebus X, quibus vobeis tabelai datai (30) erunt, faciatis utei dismota sient.
In
agro Teurano.
Traducción:
Quinto Marcio, hijo de Lucio, y
Espurio Postumio, hijo de Lucio, consultaron al Senado en las nonas de Octubre,
junto al templo de Bellona. Marco Claudio, hijo de Marco, Lucio Valerio, hijo
de Publio, y Quinto Minucio, hijo de Cayo, estuvieron presentes en el acto de
redacción y escritura. Sobre las Bacanales de aquellos que fuesen federados,
así se votó determinar:
Nadie de ellos puede celebrar
Bacanales. Si hubiese algunos que dijesen que les era necesario celebrar estas
fiestas Bacanales, que vengan ellos a Roma ante el pretor urbano, y que nuestro
senado decida sobre ello una vez que haya escuchado sus palabras, y siempre que
no menos de cien senadores estén presentes cuando este asunto sea discutido.
Ningún hombre sea bacante, ni un ciudadano romano, ni ninguno de los de nombre
latino, ni ninguno de los otros aliados, sin que haya venido antes ante el
pretor urbano y éste, de acuerdo a la sentencia del senado, lo haya concedido,
una vez haya sido discutido ese asunto y siempre que no haya menos de cien
senadores presentes en este acto.
Se vota.
Que nadie ejerza la función de
sacerdote; que nadie, ya sea hombre o ya sea mujer, sea maestro de ceremonias.
Que nadie recaude dinero común; que nadie, ya sea hombre, ya sea mujer, sea
magistrado o haga de magistrado; que nadie conspire, que nadie se reúna, ni se
comprometa, ni haga pactos; que nadie celebre ritos en oculto. Ni en lugar
público ni en privado, ni siquiera fuera de la ciudad, podrá llevarse a cabo
rito alguno, a no ser que previamente se hayan personado ante el pretor urbano
que junto al Senado podrá dictaminar sobre ello, y siempre que estuvieran
presentes no menos de cien senadores cuando este asunto sea tratado.
Se vota.
Nadie en grupos de más de cinco
personas juntas, hombres y mujeres, puede celebrar ritos, ni puede haber entre
ellos más de dos hombres y más de tres mujeres, excepto con la sanción del
pretor urbano y del senado, como se ha escrito antes.
Esto se proclama en asamblea y es
sancionado por el Senado, que en no menos de tres nundinas, para los que fueran
conocedores, la condena sea así: “Si hay alguien que actúa de manera contraria
a lo que está escrito arriba, será condenados a la pena capital”; y además el
Senado decreta que esto sea inciso en una tabla de bronce y ordena que sea
fijada esta tabla donde se pueda conocer más fácilmente. Se falla que hagáis
que las cofradías de la Bacanales, si las hay, excepto en lo que haya de
sagrado, tal como está escrito anteriormente, se disuelvan en diez días desde
que esta tabla sea entregada.
En el campo Teurano.
Fuentes:
Plauto: Comedias (Gorgojo, El ladino cartaginés, Tres monedas, Truculento…).
Polibio: Historia.
Tito Livio: Historia de Roma desde su fundación.
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Du scandale domestique à l’affaire d’État et au modèle pour les temps à venir
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semilibres y libertas en época imperial. Aspecto sociojurídico”, en Noguera
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